Relaciones Internacionales – Comunicación Internacional

El reglamento de la carrera diplomática

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Fachada del Palacio de Santa Cruz. FOTO MAEC/NACHO GÓMEZ

El Consejo de Ministros celebrado el viernes 25 de julio aprobó un Real Decreto que desarrolla la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado de 25 de marzo de 2014 y, en particular, algunos de los aspectos recogidos en su Título III sobre la Administración General del Estado en el exterior y el Servicio Exterior del Estado​.

​ El Real Decreto culmina el proceso de modernización, iniciado por la reciente Ley de Acción y del Servicio Exterior, al derogar el Reglamento de 1955 y el Real Decreto de 7 de mayo de 1993 sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos y dota a la Carrera Diplomática de una reglamentación ajustada a los nuevos tiempos.

El nuevo texto recoge que los funcionarios diplomáticos son el cuerpo especial de la Administración encargado de llevar a cabo las funciones de naturaleza política, diplomática y consular de la acción exterior del Estado, como reconoce la propia Ley de Acción y Servicio Exterior, y contempla el régimen de su obligada movilidad fuera de España. El ingreso en el Cuerpo de Funcionarios de la Carrera Diplomática se realiza, como hasta ahora, por oposición.

El Reglamento garantiza mayor transparencia y objetividad, tanto en el régimen de ascenso de categoría, al introducir la necesaria aprobación de un curso específico,  como en el régimen de provisión de puestos en el exterior e interior, al establecerse una serie de reglas fijas. También la designación de los futuros jefes de misión  pasará a realizarse a través de un novedoso sistema, que asegura una mayor previsibilidad en los nombramientos, al instaurar un proceso de selección de candidatos  abierto al que podrán acceder los funcionarios diplomáticos que cumplan los requisitos establecidos.

El objetivo de este nuevo sistema, que se ha inspirado en varios modelos de países europeos de nuestro entorno, como el de la República Federal de Alemania y del Servicio Europeo de Acción Exterior, es poder dotar al Servicio Exterior español de mecanismos que estimulen la formación continuada y el ascenso profesional  sobre la base de los criterios de profesionalidad, capacidad y mérito.

Más información

Reglamento de la Carrera Diplomática

Ley de Acción y del Servicio Exterior del Estado

Ministerio de Exteriores (lainformacioncom)

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